Evangelio del día: Jesús ante la Ley antigua

Evangelio del día: Jesús ante la Ley antigua

Mateo 5, 17-19. Miércoles de la 10.ª semana del Tiempo Ordinario. Jesucristo conduce la ley a la plenitud.

En aquel tiempo dijo Jesús a sus discípulos: «No piensen que vine para abolir la Ley o los Profetas: yo no he venido a abolir, sino a dar cumplimiento. Les aseguro que no desaparecerá ni una coma de la Ley, antes que desaparezcan el cielo y la tierra, hasta que todo se realice. El que no cumpla el más pequeño de estos mandamientos, y enseñe a los otros a hacer lo mismo, será considerado el menor en el Reino de los Cielos. En cambio, el que los cumpla y enseñe, será considerado grande en el Reino de los Cielos».

Sagrada Escritura en el portal web de la Santa Sede

Lecturas

Primera lectura: Segunda Carta de san Pablo a los Corintios, 2 Cor 3, 4-11

Salmo: Sal 99(98)

Oración introductoria

Dios mío, me postro ante Ti en esta oración, quiero escucharte y ser dócil a tus inspiraciones, porque sólo Tú podrás dar plenitud a mi vida.

Petición

Señor, dame la gracia para que nunca contradiga tus mandamientos, concédeme ser un auténtico seguidor y testigo de tu amor.

Meditación del Santo Padre Francisco

Son dos las tentaciones que se han de afrontar en este momento de la historia de la Iglesia: retroceder por ser temerosos de la libertad que viene de la ley «realizada en el Espíritu Santo» y ceder a un «progresismo adolescente», es decir, propenso a seguir los valores más fascinantes propuestos por la cultura dominante. El Papa Francisco habló de ello el 12 de junio en su homilía, comentando las lecturas —de la segunda carta de san Pablo a los Corintios (3, 4-11) y del Evangelio de san Mateo (5, 17-19)— al celebrar la misa en la Domus Sanctae Marthae. Se centró sobre todo en las explicaciones dadas por Jesús a quienes le acusaban de querer cambiar la ley de Moisés. Él los tranquiliza diciendo: «Yo no vengo a abolir la ley sino a darle pleno cumplimiento».

Esta ley «es sagrada —observó el Papa— porque conducía al pueblo a Dios». Por lo tanto, «no se puede tocar». Había quien decía que Jesús «cambiaba esta ley». Él, en cambio, buscaba hacer entender que se trataba de un camino que conduciría «al crecimiento», es más, a la «plena madurez de esa ley. Y decía: Yo vengo a dar cumplimiento. Así como el brote que “despunta” y nace la flor, así es la continuidad de la ley hacia su madurez. Y Jesús es la expresión de la madurez de la ley».

El Pontífice reafirmó luego el papel del Espíritu Santo en la transmisión de esta ley. En efecto, «Pablo dice que esta ley del Espíritu la tenemos por medio de Jesucristo, porque no somos capaces de pensar algo como procedente de nosotros; nuestra capacidad viene de Dios. Y la ley que Dios nos da es una ley madura, la ley del amor, porque hemos llegado a la última hora. El apóstol Juan dice a su comunidad: Hermanos, hemos llegado a la última hora. A la hora del cumplimiento de la ley. Es la ley del Espíritu, la que nos hace libres».

Sin embargo, se trata de una libertad que, en cierto sentido, nos da miedo. «Porque —precisó el Pontífice— se puede confundir con cualquier otra libertad humana». Y «la ley del Espíritu nos lleva por el camino del discernimiento continuo para hacer la voluntad de Dios»: también esto nos asusta.

Pero cuando nos asalta este miedo corremos el riesgo de sucumbir a dos tentaciones —advirtió el Santo Padre. La primera es la de «volver atrás porque no estamos seguros. Pero esto interrumpe el camino». Es «la tentación del miedo a la libertad, del miedo al Espíritu Santo: el Espíritu Santo nos da miedo». Pero «la seguridad plena está en el Espíritu Santo que te conduce hacia adelante, que te da confianza y, como dice Pablo, es más exigente: en efecto, Jesús dice que “antes pasarán el cielo y la tierra que deje de cumplirse hasta la última letra o tilde de la ley”. Por lo tanto es más exigente, incluso si no nos da la seguridad humana porque no podemos controlar al Espíritu Santo».

La segunda tentación es la que el Papa definió como «progresismo adolescente». No se trata de auténtico progreso: es una cultura que avanza, de la que no logramos desprendernos y de la cual tomamos las leyes y los valores que más nos gustan, como hacen precisamente los adolescentes. Al final, el riesgo que se corre es el de resbalar y salirse del camino. Según el Pontífice, se trata de una tentación recurrente en este momento histórico para la Iglesia. «No podemos retroceder —dijo el Papa— y deslizarnos fuera del camino». El camino a seguir es este: «La ley es plena, siempre en continuidad, sin cortes: como la semilla que acaba en la flor, en el fruto. El camino es el de la libertad en el Espíritu Santo, que nos hace libres, en el discernimiento continuo sobre la voluntad de Dios, para seguir adelante por este camino, sin retroceder» y sin resbalar. Y concluyó: «Pidamos el Espíritu Santo que nos da vida, que lleva hacia adelante, que lleva a la plena madurez esa ley que nos hace libres».

Santo Padre Francisco: Ese progresismo adolescente

Meditación del miércoles, 12 de junio de 2013

Catecismo de la Iglesia Católica, CEC

JESÚS E ISRAEL

574 Desde los comienzos del ministerio público de Jesús, fariseos y partidarios de Herodes, junto con sacerdotes y escribas, se pusieron de acuerdo para perderle (cf. Mc 3, 6). Por algunas de sus obras (expulsión de demonios, cf. Mt 12, 24; perdón de los pecados, cf. Mc 2, 7; curaciones en sábado, cf. Mc 3, 1-6; interpretación original de los preceptos de pureza de la Ley, cf. Mc 7, 14-23; familiaridad con los publicanos y los pecadores públicos, (cf. Mc 2, 14-17), Jesús apareció a algunos malintencionados sospechoso de posesión diabólica (cf. Mc 3, 22; Jn 8, 48; 10, 20). Se le acusa de blasfemo (cf. Mc 2, 7; Jn 5,18; 10, 33) y de falso profetismo (cf. Jn 7, 12; 7, 52), crímenes religiosos que la Ley castigaba con pena de muerte a pedradas (cf. Jn 8, 59; 10, 31).

575 Muchas de las obras y de las palabras de Jesús han sido, pues, un «signo de contradicción» (Lc 2, 34) para las autoridades religiosas de Jerusalén, aquéllas a las que el Evangelio de san Juan denomina con frecuencia «los judíos» (cf. Jn 1, 19; 2, 18; 5, 10; 7, 13; 9, 22; 18, 12; 19, 38; 20, 19), más incluso que a la generalidad del pueblo de Dios (cf. Jn 7, 48-49). Ciertamente, sus relaciones con los fariseos no fueron solamente polémicas. Fueron unos fariseos los que le previnieron del peligro que corría (cf. Lc 13, 31). Jesús alaba a alguno de ellos como al escriba de Mc 12, 34 y come varias veces en casa de fariseos (cf. Lc7, 36; 14, 1). Jesús confirma doctrinas sostenidas por esta élite religiosa del pueblo de Dios: la resurrección de los muertos (cf. Mt 22, 23-34; Lc 20, 39), las formas de piedad (limosna, ayuno y oración, cf. Mt 6, 18) y la costumbre de dirigirse a Dios como Padre, carácter central del mandamiento de amor a Dios y al prójimo (cf. Mc 12, 28-34).

576 A los ojos de muchos en Israel, Jesús parece actuar contra las instituciones esenciales del Pueblo elegido:

– contra la sumisión a la Ley en la integridad de sus prescripciones escritas, y, para los fariseos, según la interpretación de la tradición oral.

– contra el carácter central del Templo de Jerusalén como lugar santo donde Dios habita de una manera privilegiada.

– contra la fe en el Dios único, cuya gloria ningún hombre puede compartir.

I. Jesús y la Ley

577 Al comienzo del Sermón de la Montaña, Jesús hace una advertencia solemne presentando la Ley dada por Dios en el Sinaí con ocasión de la Primera Alianza, a la luz de la gracia de la Nueva Alianza:

«No penséis que he venido a abolir la Ley y los Profetas. No he venido a abolir sino a dar cumplimiento. Sí, os lo aseguro: el cielo y la tierra pasarán antes que pase una «i» o un ápice de la Ley sin que todo se haya cumplido. Por tanto, el que quebrante uno de estos mandamientos menores, y así lo enseñe a los hombres, será el menor en el Reino de los cielos; en cambio el que los observe y los enseñe, ése será grande en el Reino de los cielos» (Mt 5, 17-19).

578 Jesús, el Mesías de Israel, por lo tanto el más grande en el Reino de los cielos, se debía sujetar a la Ley cumpliéndola en su totalidad hasta en sus menores preceptos, según sus propias palabras. Incluso es el único en poderlo hacer perfectamente (cf. Jn 8, 46). Los judíos, según su propia confesión, jamás han podido cumplir la Ley en su totalidad, sin violar el menor de sus preceptos (cf. Jn 7, 19; Hch 13, 38-41; 15, 10). Por eso, en cada fiesta anual de la Expiación, los hijos de Israel piden perdón a Dios por sus transgresiones de la Ley. En efecto, la Ley constituye un todo y, como recuerda Santiago, «quien observa toda la Ley, pero falta en un solo precepto, se hace reo de todos» (St 2, 10; cf. Ga 3, 10; 5, 3).

579 Este principio de integridad en la observancia de la Ley, no sólo en su letra sino también en su espíritu, era apreciado por los fariseos. Al subrayarlo para Israel, muchos judíos del tiempo de Jesús fueron conducidos a un celo religioso extremo (cf. Rm 10, 2), el cual, si no quería convertirse en una casuística «hipócrita» (cf. Mt 15, 3-7; Lc 11, 39-54) no podía más que preparar al pueblo a esta intervención inaudita de Dios que será la ejecución perfecta de la Ley por el único Justo en lugar de todos los pecadores (cf. Is 53, 11; Hb 9, 15).

580 El cumplimiento perfecto de la Ley no podía ser sino obra del divino Legislador que nació sometido a la Ley en la persona del Hijo (cf Ga 4, 4). En Jesús la Ley ya no aparece grabada en tablas de piedra sino «en el fondo del corazón» (Jr 31, 33) del Siervo, quien, por «aportar fielmente el derecho» (Is 42, 3), se ha convertido en «la Alianza del pueblo» (Is 42, 6). Jesús cumplió la Ley hasta tomar sobre sí mismo «la maldición de la Ley» (Ga 3, 13) en la que habían incurrido los que no «practican todos los preceptos de la Ley» (Ga 3, 10) porque «ha intervenido su muerte para remisión de las transgresiones de la Primera Alianza» (Hb 9, 15).

581 Jesús fue considerado por los judíos y sus jefes espirituales como un «rabbi» (cf. Jn 11, 28; 3, 2; Mt 22, 23-24, 34-36). Con frecuencia argumentó en el marco de la interpretación rabínica de la Ley (cf. Mt 12, 5; 9, 12; Mc 2, 23-27; Lc 6, 6-9; Jn 7, 22-23). Pero al mismo tiempo, Jesús no podía menos que chocar con los doctores de la Ley porque no se contentaba con proponer su interpretación entre los suyos, sino que «enseñaba como quien tiene autoridad y no como los escribas» (Mt 7, 28-29). La misma Palabra de Dios, que resonó en el Sinaí para dar a Moisés la Ley escrita, es la que en Él se hace oír de nuevo en el Monte de las Bienaventuranzas (cf. Mt 5, 1). Esa palabra no revoca la Ley sino que la perfecciona aportando de modo divino su interpretación definitiva: «Habéis oído también que se dijo a los antepasados […] pero yo os digo» (Mt 5, 33-34). Con esta misma autoridad divina, desaprueba ciertas «tradiciones humanas» (Mc 7, 8) de los fariseos que «anulan la Palabra de Dios» (Mc 7, 13).

582 Yendo más lejos, Jesús da plenitud a la Ley sobre la pureza de los alimentos, tan importante en la vida cotidiana judía, manifestando su sentido «pedagógico» (cf. Ga 3, 24) por medio de una interpretación divina: «Todo lo que de fuera entra en el hombre no puede hacerle impuro […] —así declaraba puros todos los alimentos— . Lo que sale del hombre, eso es lo que hace impuro al hombre. Porque de dentro, del corazón de los hombres, salen las intenciones malas» (Mc 7, 18-21). Jesús, al dar con autoridad divina la interpretación definitiva de la Ley, se vio enfrentado a algunos doctores de la Ley que no aceptaban su interpretación a pesar de estar garantizada por los signos divinos con que la acompañaba (cf. Jn 5, 36; 10, 25. 37-38; 12, 37). Esto ocurre, en particular, respecto al problema del sábado: Jesús recuerda, frecuentemente con argumentos rabínicos (cf. Mt 2,25-27; Jn 7, 22-24), que el descanso del sábado no se quebranta por el servicio de Dios (cf. Mt 12, 5; Nm 28, 9) o al prójimo (cf. Lc 13, 15-16; 14, 3-4) que realizan sus curaciones.

Catecismo de la Iglesia Católica

Propósito

Cumplir las leyes civiles. y los mandamientos de la Iglesia. Reflexionar en qué sentido me lleva a vivir más plenamente el amor su cumplimiento.

Diálogo con Cristo

Señor, erróneamente existe la tendencia de pensar que así como el agua y el aceite no se mezclan, tampoco lo hacen tus mandamientos y la felicidad. Por eso, con diligencia voy adormilando mi conciencia, y sutilmente hago a un lado todo lo que implique renuncia, esfuerzo, sacrificio. Gracias por recordarme que me ofreces tu gracia y amor para ser fiel siempre a tu ley, que tiene como fundamento el amor.

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Los mandamientos no limitan la felicidad sino que indican cómo encontrarla; escucharlos y ponerlos en práctica no significa alienarse, sino encontrar el auténtico camino de la libertad y del amor.

Santo Padre emérito Benedicto XVI

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Evangelio del día en «Catholic.net»

Evangelio del día en «Evangelio del día»

Evangelio del día en «Orden de Predicadores»

Evangelio del día en «Evangeli.net»

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Evangelio del día: Jesús ante la Ley

Evangelio del día: Jesús ante la Ley

Mateo 5, 17-19. Miércoles de la 3.ª semana del Tiempo de Cuaresma. El camino a seguir es este: «La ley es plena, siempre en continuidad, sin cortes: como la semilla que acaba en la flor, en el fruto. El camino es el de la libertad en el Espíritu Santo, que nos hace libres, en el discernimiento continuo sobre la voluntad de Dios, para seguir adelante por este camino, sin retroceder» y sin resbalar.

En aquel tiempo, dijo Jesús a sus discípulos:  «No piensen que vine para abolir la Ley o los Profetas: yo no he venido a abolir, sino a dar cumplimiento. Les aseguro que no desaparecerá ni una i ni una coma de la Ley, antes que desaparezcan el cielo y la tierra, hasta que todo se realice. El que no cumpla el más pequeño de estos mandamientos, y enseñe a los otros a hacer lo mismo, será considerado el menor en el Reino de los Cielos. En cambio, el que los cumpla y enseñe, será considerado grande en el Reino de los Cielos».

Sagrada Escritura en el portal web de la Santa Sede

Lecturas

Primera lectura: Deuteronomio, Dt 4, 1.5-9

Salmo: Sal 147, 12-20

Oración introductoria

Señor mío, hoy sé que necesito acercarme a ti. Hoy comprendo que Tú me pides amor, que todo lo has hecho por amor y que tu verdadera ley es amar sin medida. Me has mostrado tu mano a lo largo de mi vida y me has conducido al hermoso camino de tu Palabra. Gracias de todo corazón por amarme a pesar de mis errores incluso en las ocasiones en que pensando que hacía algo bien me alejé de tus brazos.

Petición

Señor mío, guíame en el camino de tu amor. Sé un Maestro que me muestre la manera de amar de verdad. Permíteme acercarme con humildad a tu Evangelio, para encontrar en él la verdadera Ley de tu amor. Enséñame a amar como tú amas, hasta dar la vida por tus amigos.

Meditación del Santo Padre Francisco

Son dos las tentaciones que se han de afrontar en este momento de la historia de la Iglesia: retroceder por ser temerosos de la libertad que viene de la ley «realizada en el Espíritu Santo» y ceder a un «progresismo adolescente», es decir, propenso a seguir los valores más fascinantes propuestos por la cultura dominante. El Papa Francisco habló de ello el [día de hoy] en su homilía, comentando las lecturas —de la segunda carta de san Pablo a los Corintios (3, 4-11) y del Evangelio de san Mateo (5, 17-19)— al celebrar la misa en la Domus Sanctae Marthae. Se centró sobre todo en las explicaciones dadas por Jesús a quienes le acusaban de querer cambiar la ley de Moisés. Él los tranquiliza diciendo: «Yo no vengo a abolir la ley sino a darle pleno cumplimiento».

Esta ley «es sagrada —observó el Papa— porque conducía al pueblo a Dios». Por lo tanto, «no se puede tocar». Había quien decía que Jesús «cambiaba esta ley». Él, en cambio, buscaba hacer entender que se trataba de un camino que conduciría «al crecimiento», es más, a la «plena madurez de esa ley. Y decía: Yo vengo a dar cumplimiento. Así como el brote que «despunta» y nace la flor, así es la continuidad de la ley hacia su madurez. Y Jesús es la expresión de la madurez de la ley».

El Pontífice reafirmó luego el papel del Espíritu Santo en la transmisión de esta ley. En efecto, «Pablo dice que esta ley del Espíritu la tenemos por medio de Jesucristo, porque no somos capaces de pensar algo como procedente de nosotros; nuestra capacidad viene de Dios. Y la ley que Dios nos da es una ley madura, la ley del amor, porque hemos llegado a la última hora. El apóstol Juan dice a su comunidad: Hermanos, hemos llegado a la última hora. A la hora del cumplimiento de la ley. Es la ley del Espíritu, la que nos hace libres».

Sin embargo, se trata de una libertad que, en cierto sentido, nos da miedo. «Porque —precisó el Pontífice— se puede confundir con cualquier otra libertad humana». Y «la ley del Espíritu nos lleva por el camino del discernimiento continuo para hacer la voluntad de Dios»: también esto nos asusta.

Pero cuando nos asalta este miedo corremos el riesgo de sucumbir a dos tentaciones —advirtió el Santo Padre. La primera es la de «volver atrás porque no estamos seguros. Pero esto interrumpe el camino». Es «la tentación del miedo a la libertad, del miedo al Espíritu Santo: el Espíritu Santo nos da miedo». Pero «la seguridad plena está en el Espíritu Santo que te conduce hacia adelante, que te da confianza y, como dice Pablo, es más exigente: en efecto, Jesús dice que «antes pasarán el cielo y la tierra que deje de cumplirse hasta la última letra o tilde de la ley». Por lo tanto es más exigente, incluso si no nos da la seguridad humana porque no podemos controlar al Espíritu Santo».

La segunda tentación es la que el Papa definió como «progresismo adolescente». No se trata de auténtico progreso: es una cultura que avanza, de la que no logramos desprendernos y de la cual tomamos las leyes y los valores que más nos gustan, como hacen precisamente los adolescentes. Al final, el riesgo que se corre es el de resbalar y salirse del camino. Según el Pontífice, se trata de una tentación recurrente en este momento histórico para la Iglesia. «No podemos retroceder —dijo el Papa— y deslizarnos fuera del camino». El camino a seguir es este: «La ley es plena, siempre en continuidad, sin cortes: como la semilla que acaba en la flor, en el fruto. El camino es el de la libertad en el Espíritu Santo, que nos hace libres, en el discernimiento continuo sobre la voluntad de Dios, para seguir adelante por este camino, sin retroceder» y sin resbalar. Y concluyó: «Pidamos el Espíritu Santo que nos da vida, que lleva hacia adelante, que lleva a la plena madurez esa ley que nos hace libres».

Santo Padre Francisco: Ese progresismo adolescente

Meditación del miércoles, 12 de junio de 2013

Meditación del Santo Padre Benedicto XVI

La Ley divina no es un yugo pesado de esclavitud, sino don de gracia que nos hace libres y que nos lleva a la felicidad. «Mi alegría está en tus preceptos: no me olvidaré de tu palabra» (Sal 118, 16), afirma el Salmista; y después: «Condúceme por la senda de tus mandamientos, porque en ella tengo puesta mi alegría» (v. 35); y de nuevo: «¡Cuánto amo tu ley, todo el día la medito!» (v. 97). La ley del Señor, su Palabra, es el centro de la vida del orante; en ella encuentra el consuelo, la medita, la conserva en su corazón: «Conservo tu palabra en mi corazón, para no pecar contra ti» (v. 11), y este es el secreto de la felicidad del salmista; y aún más: «Los orgullosos traman engaños contra mí: pero yo observo tus preceptos» (v. 69).

La fidelidad […] nace de la escucha de la Palabra, de custodiarla en lo más íntimo, meditándola y amándola, como María, que «custodiaba, meditándolas en su corazón», […] es también la Virgen María la que lleva a cumplimiento la perfecta figura del creyente descrito por el salmista. Es Ella, de hecho, la verdadera «beata», proclamada como tal por Isabel por «haber creído que se cumplirá lo que te fue anunciado de parte del Señor» (Lc 1, 45). […]

La ley divina, objeto del amor apasionado del salmista y de todo creyente, es fuente de vida. El deseo de comprenderla, de observarla, de orientar hacia ella todo su ser es la característica del hombre justo y fiel al Señor, que la «medita día y noche», como reza el Salmo 1 (v. 2); es una ley, la ley de Dios, para llevar «en el corazón», come dice el conocido texto del Shemá en el Deuteronomio:

«Escucha, Israel… Estas palabras que yo te mando hoy estarán en tu corazón, se las repetirás a tus hijos y hablarás de ellas estando en casa y yendo de camino, acostado y levantado» (6, 4.6-7).

Santo padre Benedicto XVI

Catequesis sobre el Salmo (119) 118

Audiencia General del miércoles, 9 de noviembre de 2011

Catecismo de la Iglesia Católica, CEC

I. Jesús y la Ley

577 Al comienzo del Sermón de la Montaña, Jesús hace una advertencia solemne presentando la Ley dada por Dios en el Sinaí con ocasión de la Primera Alianza, a la luz de la gracia de la Nueva Alianza:

«No penséis que he venido a abolir la Ley y los Profetas. No he venido a abolir sino a dar cumplimiento. Sí, os lo aseguro: el cielo y la tierra pasarán antes que pase una «i» o un ápice de la Ley sin que todo se haya cumplido. Por tanto, el que quebrante uno de estos mandamientos menores, y así lo enseñe a los hombres, será el menor en el Reino de los cielos; en cambio el que los observe y los enseñe, ése será grande en el Reino de los cielos» (Mt 5, 17-19).

578 Jesús, el Mesías de Israel, por lo tanto el más grande en el Reino de los cielos, se debía sujetar a la Ley cumpliéndola en su totalidad hasta en sus menores preceptos, según sus propias palabras. Incluso es el único en poderlo hacer perfectamente (cf. Jn 8, 46). Los judíos, según su propia confesión, jamás han podido cumplir la Ley en su totalidad, sin violar el menor de sus preceptos (cf. Jn 7, 19; Hch 13, 38-41; 15, 10). Por eso, en cada fiesta anual de la Expiación, los hijos de Israel piden perdón a Dios por sus transgresiones de la Ley. En efecto, la Ley constituye un todo y, como recuerda Santiago, «quien observa toda la Ley, pero falta en un solo precepto, se hace reo de todos» (St 2, 10; cf. Ga 3, 10; 5, 3).

579 Este principio de integridad en la observancia de la Ley, no sólo en su letra sino también en su espíritu, era apreciado por los fariseos. Al subrayarlo para Israel, muchos judíos del tiempo de Jesús fueron conducidos a un celo religioso extremo (cf. Rm 10, 2), el cual, si no quería convertirse en una casuística «hipócrita» (cf. Mt 15, 3-7; Lc 11, 39-54) no podía más que preparar al pueblo a esta intervención inaudita de Dios que será la ejecución perfecta de la Ley por el único Justo en lugar de todos los pecadores (cf. Is 53, 11; Hb 9, 15).

580 El cumplimiento perfecto de la Ley no podía ser sino obra del divino Legislador que nació sometido a la Ley en la persona del Hijo (cf Ga 4, 4). En Jesús la Ley ya no aparece grabada en tablas de piedra sino «en el fondo del corazón» (Jr 31, 33) del Siervo, quien, por «aportar fielmente el derecho» (Is 42, 3), se ha convertido en «la Alianza del pueblo» (Is 42, 6). Jesús cumplió la Ley hasta tomar sobre sí mismo «la maldición de la Ley» (Ga 3, 13) en la que habían incurrido los que no «practican todos los preceptos de la Ley» (Ga 3, 10) porque «ha intervenido su muerte para remisión de las transgresiones de la Primera Alianza» (Hb 9, 15).

581 Jesús fue considerado por los judíos y sus jefes espirituales como un «rabbi» (cf. Jn 11, 28; 3, 2; Mt 22, 23-24, 34-36). Con frecuencia argumentó en el marco de la interpretación rabínica de la Ley (cf. Mt 12, 5; 9, 12; Mc 2, 23-27; Lc 6, 6-9; Jn 7, 22-23). Pero al mismo tiempo, Jesús no podía menos que chocar con los doctores de la Ley porque no se contentaba con proponer su interpretación entre los suyos, sino que «enseñaba como quien tiene autoridad y no como los escribas» (Mt 7, 28-29). La misma Palabra de Dios, que resonó en el Sinaí para dar a Moisés la Ley escrita, es la que en Él se hace oír de nuevo en el Monte de las Bienaventuranzas (cf. Mt 5, 1). Esa palabra no revoca la Ley sino que la perfecciona aportando de modo divino su interpretación definitiva: «Habéis oído también que se dijo a los antepasados […] pero yo os digo» (Mt 5, 33-34). Con esta misma autoridad divina, desaprueba ciertas «tradiciones humanas» (Mc 7, 8) de los fariseos que «anulan la Palabra de Dios» (Mc 7, 13).

582 Yendo más lejos, Jesús da plenitud a la Ley sobre la pureza de los alimentos, tan importante en la vida cotidiana judía, manifestando su sentido «pedagógico» (cf. Ga 3, 24) por medio de una interpretación divina: «Todo lo que de fuera entra en el hombre no puede hacerle impuro […] —así declaraba puros todos los alimentos— . Lo que sale del hombre, eso es lo que hace impuro al hombre. Porque de dentro, del corazón de los hombres, salen las intenciones malas» (Mc 7, 18-21). Jesús, al dar con autoridad divina la interpretación definitiva de la Ley, se vio enfrentado a algunos doctores de la Ley que no aceptaban su interpretación a pesar de estar garantizada por los signos divinos con que la acompañaba (cf. Jn 5, 36; 10, 25. 37-38; 12, 37). Esto ocurre, en particular, respecto al problema del sábado: Jesús recuerda, frecuentemente con argumentos rabínicos (cf. Mt 2,25-27; Jn 7, 22-24), que el descanso del sábado no se quebranta por el servicio de Dios (cf. Mt 12, 5; Nm 28, 9) o al prójimo (cf. Lc 13, 15-16; 14, 3-4) que realizan sus curaciones.

Catecismo de la Iglesia Católica

Propósito

El día de hoy y el resto de la cuaresma buscaré tener detalles -aunque sean sencillos- de amor con las personas que encuentre.

Diálogo con Cristo

Gracias Señor por amarme de verdad. Por alimentarme no sólo con tu Palabra, sino también con tu Cuerpo y con tu Sangre. Aumenta mi amor para corresponderte, de modo que se cumpla en mí aquello de San Agustín dilige et quod vis fac, «ama y haz lo que quieras». Por que cuando amo de verdad y obro por amor, no tengo forma de equivocarme. Purifica mi amor, porque, si es verdadero, me guiará hacia lo bueno, hacia la verdad, hacia el bien, y por tanto, ese amor, además de hacerme verdaderamente libres, me acercará a ti.

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Ama y haz lo que quieras. Si callas, callarás con amor; si gritas, gritarás con amor; si corriges, corregirás con amor; si perdonas, perdonarás con amor. Si tienes el amor arraigado en ti, ninguna otra cosa sino amor serán tus frutos.

San Agustín

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Evangelio del día en «Catholic.net»

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Evangelio del día en «Orden de Predicadores»

Evangelio del día en «Evangeli.net»

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El valor de la vida: ley civil y ley moral

El valor de la vida: ley civil y ley moral

2258 La vida humana ha de ser tenida como sagrada, porque desde su inicio es fruto de la acción creadora de Dios y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término; nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae, intr. 5).

Catecismo de la Iglesia Católica

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CAPÍTULO III. NO MATARÁS


LA LEY SANTA DE DIOS

«Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres» (Hch 5, 29): ley civil y ley moral

68. Una de las características propias de los atentados actuales contra la vida humana —como ya se ha dicho— consiste en la tendencia a exigir su legitimación jurídica, como si fuesen derechos que el Estado, al menos en ciertas condiciones, debe reconocer a los ciudadanos y, por consiguiente, la tendencia a pretender su realización con la asistencia segura y gratuita de médicos y agentes sanitarios.

No pocas veces se considera que la vida de quien aún no ha nacido o está gravemente debilitado es un bien sólo relativo: según una lógica proporcionalista o de puro cálculo, deberá ser cotejada y sopesada con otros bienes. Y se piensa también que solamente quien se encuentra en esa situación concreta y está personalmente afectado puede hacer una ponderación justa de los bienes en juego; en consecuencia, sólo él podría juzgar la moralidad de su decisión. El Estado, por tanto, en interés de la convivencia civil y de la armonía social, debería respetar esta decisión, llegando incluso a admitir el aborto y la eutanasia.

Otras veces se cree que la ley civil no puede exigir que todos los ciudadanos vivan de acuerdo con un nivel de moralidad más elevado que el que ellos mismos aceptan y comparten. Por esto, la ley debería siempre manifestar la opinión y la voluntad de la mayoría de los ciudadanos y reconocerles también, al menos en ciertos casos extremos, el derecho al aborto y a la eutanasia. Por otra parte, la prohibición y el castigo del aborto y de la eutanasia en estos casos llevaría inevitablemente —así se dice— a un aumento de prácticas ilegales, que, sin embargo, no estarían sujetas al necesario control social y se efectuarían sin la debida seguridad médica. Se plantea, además, si sostener una ley no aplicable concretamente no significaría, al final, minar también la autoridad de las demás leyes.

Finalmente, las opiniones más radicales llegan a sostener que, en una sociedad moderna y pluralista, se debería reconocer a cada persona una plena autonomía para disponer de su propia vida y de la vida de quien aún no ha nacido. En efecto, no correspondería a la ley elegir entre las diversas opciones morales y, menos aún, pretender imponer una opción particular en detrimento de las demás.

69. De todos modos, en la cultura democrática de nuestro tiempo se ha difundido ampliamente la opinión de que el ordenamiento jurídico de una sociedad debería limitarse a percibir y asumir las convicciones de la mayoría y, por tanto, basarse sólo sobre lo que la mayoría misma reconoce y vive como moral. Si además se considera incluso que una verdad común y objetiva es inaccesible de hecho, el respeto de la libertad de los ciudadanos —que en un régimen democrático son considerados como los verdaderos soberanos— exigiría que, a nivel legislativo, se reconozca la autonomía de cada conciencia individual y que, por tanto, al establecer las normas que en cada caso son necesarias para la convivencia social, éstas se adecuen exclusivamente a la voluntad de la mayoría, cualquiera que sea. De este modo, todo político, en su actividad, debería distinguir netamente entre el ámbito de la conciencia privada y el del comportamiento público.

Por consiguiente, se perciben dos tendencias diametralmente opuestas en apariencia. Por un lado, los individuos reivindican para sí la autonomía moral más completa de elección y piden que el Estado no asuma ni imponga ninguna concepción ética, sino que trate de garantizar el espacio más amplio posible para la libertad de cada uno, con el único límite externo de no restringir el espacio de autonomía al que los demás ciudadanos también tienen derecho. Por otro lado, se considera que, en el ejercicio de las funciones públicas y profesionales, el respeto de la libertad de elección de los demás obliga a cada uno a prescindir de sus propias convicciones para ponerse al servicio de cualquier petición de los ciudadanos, que las leyes reconocen y tutelan, aceptando como único criterio moral para el ejercicio de las propias funciones lo establecido por las mismas leyes. De este modo, la responsabilidad de la persona se delega a la ley civil, abdicando de la propia conciencia moral al menos en el ámbito de la acción pública.

70. La raíz común de todas estas tendencias es el relativismo ético que caracteriza muchos aspectos de la cultura contemporánea. No falta quien considera este relativismo como una condición de la democracia, ya que sólo él garantizaría la tolerancia, el respeto recíproco entre las personas y la adhesión a las decisiones de la mayoría, mientras que las normas morales, consideradas objetivas y vinculantes, llevarían al autoritarismo y a la intolerancia.

Sin embargo, es precisamente la problemática del respeto de la vida la que muestra los equívocos y contradicciones, con sus terribles resultados prácticos, que se encubren en esta postura.

Es cierto que en la historia ha habido casos en los que se han cometido crímenes en nombre de la «verdad». Pero crímenes no menos graves y radicales negaciones de la libertad se han cometido y se siguen cometiendo también en nombre del «relativismo ético». Cuando una mayoría parlamentaria o social decreta la legitimidad de la eliminación de la vida humana aún no nacida, inclusive con ciertas condiciones, ¿acaso no adopta una decisión «tiránica» respecto al ser humano más débil e indefenso? La conciencia universal reacciona justamente ante los crímenes contra la humanidad, de los que nuestro siglo ha tenido tristes experiencias. ¿Acaso estos crímenes dejarían de serlo si, en vez de haber sido cometidos por tiranos sin escrúpulo, hubieran estado legitimados por el consenso popular?

En realidad, la democracia no puede mitificarse convirtiéndola en un sustitutivo de la moralidad o en una panacea de la inmoralidad. Fundamentalmente, es un «ordenamiento» y, como tal, un instrumento y no un fin. Su carácter «moral» no es automático, sino que depende de su conformidad con la ley moral a la que, como cualquier otro comportamiento humano, debe someterse; esto es, depende de la moralidad de los fines que persigue y de los medios de que se sirve. Si hoy se percibe un consenso casi universal sobre el valor de la democracia, esto se considera un positivo «signo de los tiempos», como también el Magisterio de la Iglesia ha puesto de relieve varias veces. Pero el valor de la democracia se mantiene o cae con los valores que encarna y promueve: fundamentales e imprescindibles son ciertamente la dignidad de cada persona humana, el respeto de sus derechos inviolables e inalienables, así como considerar el «bien común» como fin y criterio regulador de la vida política.

En la base de estos valores no pueden estar provisionales y volubles «mayorías» de opinión, sino sólo el reconocimiento de una ley moral objetiva que, en cuanto «ley natural» inscrita en el corazón del hombre, es punto de referencia normativa de la misma ley civil. Si, por una trágica ofuscación de la conciencia colectiva, el escepticismo llegara a poner en duda hasta los principios fundamentales de la ley moral, el mismo ordenamiento democrático se tambalearía en sus fundamentos, reduciéndose a un puro mecanismo de regulación empírica de intereses diversos y contrapuestos.

Alguien podría pensar que semejante función, a falta de algo mejor, es también válida para los fines de la paz social. Aun reconociendo un cierto aspecto de verdad en esta valoración, es difícil no ver cómo, sin una base moral objetiva, ni siquiera la democracia puede asegurar una paz estable, tanto más que la paz no fundamentada sobre los valores de la dignidad humana y de la solidaridad entre todos los hombres, es a menudo ilusoria. En efecto, en los mismos regímenes participativos la regulación de los intereses se produce con frecuencia en beneficio de los más fuertes, que tienen mayor capacidad para maniobrar no sólo las palancas del poder, sino incluso la formación del consenso. En una situación así, la democracia se convierte fácilmente en una palabra vacía.

71. Para el futuro de la sociedad y el desarrollo de una sana democracia, urge pues descubrir de nuevo la existencia de valores humanos y morales esenciales y originarios, que derivan de la verdad misma del ser humano y expresan y tutelan la dignidad de la persona. Son valores, por tanto, que ningún individuo, ninguna mayoría y ningún Estado nunca pueden crear, modificar o destruir, sino que deben sólo reconocer, respetar y promover.

En este sentido, es necesario tener en cuenta los elementos fundamentales del conjunto de las relaciones entre ley civil y ley moral, tal como son propuestos por la Iglesia, pero que forman parte también del patrimonio de las grandes tradiciones jurídicas de la humanidad.

Ciertamente, el cometido de la ley civil es diverso y de ámbito más limitado que el de la ley moral. Sin embargo, «en ningún ámbito de la vida la ley civil puede sustituir a la conciencia ni dictar normas que excedan la propia competencia», que es la de asegurar el bien común de las personas, mediante el reconocimiento y la defensa de sus derechos fundamentales, la promoción de la paz y de la moralidad pública. En efecto, la función de la ley civil consiste en garantizar una ordenada convivencia social en la verdadera justicia, para que todos «podamos vivir una vida tranquila y apacible con toda piedad y dignidad» (1 Tm 2, 2). Precisamente por esto, la ley civil debe asegurar a todos los miembros de la sociedad el respeto de algunos derechos fundamentales, que pertenecen originariamente a la persona y que toda ley positiva debe reconocer y garantizar. Entre ellos el primero y fundamental es el derecho inviolable de cada ser humano inocente a la vida. Si la autoridad pública puede, a veces, renunciar a reprimir aquello que provocaría, de estar prohibido, un daño más grave, sin embargo, nunca puede aceptar legitimar, como derecho de los individuos —aunque éstos fueran la mayoría de los miembros de la sociedad—, la ofensa infligida a otras personas mediante la negación de un derecho suyo tan fundamental como el de la vida. La tolerancia legal del aborto o de la eutanasia no puede de ningún modo invocar el respeto de la conciencia de los demás, precisamente porque la sociedad tiene el derecho y el deber de protegerse de los abusos que se pueden dar en nombre de la conciencia y bajo el pretexto de la libertad.

A este propósito, Juan XXIII recordó en la Encíclica Pacem in terris: «En la época moderna se considera realizado el bien común cuando se han salvado los derechos y los deberes de la persona humana. De ahí que los deberes fundamentales de los poderes públicos consisten sobre todo en reconocer, respetar, armonizar, tutelar y promover aquellos derechos, y en contribuir por consiguiente a hacer más fácil el cumplimiento de los respectivos deberes. «Tutelar el intangible campo de los derechos de la persona humana y hacer fácil el cumplimiento de sus obligaciones, tal es el deber esencial de los poderes públicos». Por esta razón, aquellos magistrados que no reconozcan los derechos del hombre o los atropellen, no sólo faltan ellos mismos a su deber, sino que carece de obligatoriedad lo que ellos prescriban».

72. En continuidad con toda la tradición de la Iglesia se encuentra también la doctrina sobre la necesaria conformidad de la ley civil con la ley moral, tal y como se recoge, una vez más, en la citada encíclica de Juan XXIII: «La autoridad es postulada por el orden moral y deriva de Dios. Por lo tanto, si las leyes o preceptos de los gobernantes estuvieran en contradicción con aquel orden y, consiguientemente, en contradicción con la voluntad de Dios, no tendrían fuerza para obligar en conciencia…; más aún, en tal caso, la autoridad dejaría de ser tal y degeneraría en abuso ». Esta es una clara enseñanza de santo Tomás de Aquino, que entre otras cosas escribe: «La ley humana es tal en cuanto está conforme con la recta razón y, por tanto, deriva de la ley eterna. En cambio, cuando una ley está en contraste con la razón, se la denomina ley inicua; sin embargo, en este caso deja de ser ley y se convierte más bien en un acto de violencia». Y añade: «Toda ley puesta por los hombres tiene razón de ley en cuanto deriva de la ley natural. Por el contrario, si contradice en cualquier cosa a la ley natural, entonces no será ley sino corrupción de la ley».

La primera y más inmediata aplicación de esta doctrina hace referencia a la ley humana que niega el derecho fundamental y originario a la vida, derecho propio de todo hombre. Así, las leyes que, como el aborto y la eutanasia, legitiman la eliminación directa de seres humanos inocentes están en total e insuperable contradicción con el derecho inviolable a la vida inherente a todos los hombres, y niegan, por tanto, la igualdad de todos ante la ley. Se podría objetar que éste no es el caso de la eutanasia, cuando es pedida por el sujeto interesado con plena conciencia. Pero un Estado que legitimase una petición de este tipo y autorizase a llevarla a cabo, estaría legalizando un caso de suicidio-homicidio, contra los principios fundamentales de que no se puede disponer de la vida y de la tutela de toda vida inocente. De este modo se favorece una disminución del respeto a la vida y se abre camino a comportamientos destructivos de la confianza en las relaciones sociales.

Por tanto, las leyes que autorizan y favorecen el aborto y la eutanasia se oponen radicalmente no sólo al bien del individuo, sino también al bien común y, por consiguiente, están privadas totalmente de auténtica validez jurídica. En efecto, la negación del derecho a la vida, precisamente porque lleva a eliminar la persona en cuyo servicio tiene la sociedad su razón de existir, es lo que se contrapone más directa e irreparablemente a la posibilidad de realizar el bien común. De esto se sigue que, cuando una ley civil legitima el aborto o la eutanasia deja de ser, por ello mismo, una verdadera ley civil moralmente vinculante.

73. Así pues, el aborto y la eutanasia son crímenes que ninguna ley humana puede pretender legitimar. Leyes de este tipo no sólo no crean ninguna obligación de conciencia, sino que, por el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante la objeción de conciencia. Desde los orígenes de la Iglesia, la predicación apostólica inculcó a los cristianos el deber de obedecer a las autoridades públicas legítimamente constituidas (cf. Rm 13, 1-7, 1 P 2, 13-14), pero al mismo tiempo enseñó firmemente que «hay que obedecer a Dios antes que a los hombres» (Hch 5, 29). Ya en el Antiguo Testamento, precisamente en relación a las amenazas contra la vida, encontramos un ejemplo significativo de resistencia a la orden injusta de la autoridad. Las comadronas de los hebreos se opusieron al faraón, que había ordenado matar a todo recién nacido varón. Ellas «no hicieron lo que les había mandado el rey de Egipto, sino que dejaban con vida a los niños» (Ex 1, 17). Pero es necesario señalar el motivo profundo de su comportamiento: «Las parteras temían a Dios» (ivi). Es precisamente de la obediencia a Dios —a quien sólo se debe aquel temor que es reconocimiento de su absoluta soberanía— de donde nacen la fuerza y el valor para resistir a las leyes injustas de los hombres. Es la fuerza y el valor de quien está dispuesto incluso a ir a prisión o a morir a espada, en la certeza de que «aquí se requiere la paciencia y la fe de los santos» (Ap 13, 10).

En el caso pues de una ley intrínsecamente injusta, como es la que admite el aborto o la eutanasia, nunca es lícito someterse a ella, «ni participar en una campaña de opinión a favor de una ley semejante, ni darle el sufragio del propio voto».

Un problema concreto de conciencia podría darse en los casos en que un voto parlamentario resultase determinante para favorecer una ley más restrictiva, es decir, dirigida a restringir el número de abortos autorizados, como alternativa a otra ley más permisiva ya en vigor o en fase de votación. No son raros semejantes casos. En efecto, se constata el dato de que mientras en algunas partes del mundo continúan las campañas para la introducción de leyes a favor del aborto, apoyadas no pocas veces por poderosos organismos internacionales, en otras Naciones —particularmente aquéllas que han tenido ya la experiencia amarga de tales legislaciones permisivas— van apareciendo señales de revisión. En el caso expuesto, cuando no sea posible evitar o abrogar completamente una ley abortista, un parlamentario, cuya absoluta oposición personal al aborto sea clara y notoria a todos, puede lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública. En efecto, obrando de este modo no se presta una colaboración ilícita a una ley injusta; antes bien se realiza un intento legítimo y obligado de limitar sus aspectos inicuos.

74. La introducción de legislaciones injustas pone con frecuencia a los hombres moralmente rectos ante difíciles problemas de conciencia en materia de colaboración, debido a la obligatoria afirmación del propio derecho a no ser forzados a participar en acciones moralmente malas. A veces las opciones que se imponen son dolorosas y pueden exigir el sacrificio de posiciones profesionales consolidadas o la renuncia a perspectivas legítimas de avance en la carrera. En otros casos, puede suceder que el cumplimiento de algunas acciones en sí mismas indiferentes, o incluso positivas, previstas en el articulado de legislaciones globalmente injustas, permita la salvaguarda de vidas humanas amenazadas. Por otra parte, sin embargo, se puede temer justamente que la disponibilidad a cumplir tales acciones no sólo conlleve escándalo y favorezca el debilitamiento de la necesaria oposición a los atentados contra la vida, sino que lleve insensiblemente a ir cediendo cada vez más a una lógica permisiva.

Para iluminar esta difícil cuestión moral es necesario tener en cuenta los principios generales sobre la cooperación en acciones moralmente malas. Los cristianos, como todos los hombres de buena voluntad, están llamados, por un grave deber de conciencia, a no prestar su colaboración formal a aquellas prácticas que, aun permitidas por la legislación civil, se oponen a la Ley de Dios. En efecto, desde el punto de vista moral, nunca es lícito cooperar formalmente en el mal. Esta cooperación se produce cuando la acción realizada, o por su misma naturaleza o por la configuración que asume en un contexto concreto, se califica como colaboración directa en un acto contra la vida humana inocente o como participación en la intención inmoral del agente principal. Esta cooperación nunca puede justificarse invocando el respeto de la libertad de los demás, ni apoyarse en el hecho de que la ley civil la prevea y exija. En efecto, los actos que cada uno realiza personalmente tienen una responsabilidad moral, a la que nadie puede nunca substraerse y sobre la cual cada uno será juzgado por Dios mismo (cf. Rm 2, 6; 14, 12).

El rechazo a participar en la ejecución de una injusticia no sólo es un deber moral, sino también un derecho humano fundamental. Si no fuera así, se obligaría a la persona humana a realizar una acción intrínsecamente incompatible con su dignidad y, de este modo, su misma libertad, cuyo sentido y fin auténticos residen en su orientación a la verdad y al bien, quedaría radicalmente comprometida. Se trata, por tanto, de un derecho esencial que, como tal, debería estar previsto y protegido por la misma ley civil. En este sentido, la posibilidad de rechazar la participación en la fase consultiva, preparatoria y ejecutiva de semejantes actos contra la vida debería asegurarse a los médicos, a los agentes sanitarios y a los responsables de las instituciones hospitalarias, de las clínicas y casas de salud. Quien recurre a la objeción de conciencia debe estar a salvo no sólo de sanciones penales, sino también de cualquier daño en el plano legal, disciplinar, económico y profesional.

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Carta Encíclica Evangelium Vitae


El valor de la vida: ley civil y ley moral

El valor de la vida: de la ley del Sinaí al don del Espíritu

2258 La vida humana ha de ser tenida como sagrada, porque desde su inicio es fruto de la acción creadora de Dios y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término; nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae, intr. 5).

Catecismo de la Iglesia Católica

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CAPÍTULO II. HE VENIDO PARA QUE TENGAN VIDA


MENSAJE CRISTIANO SOBRE LA VIDA

«Todos los que la guardan alcanzarán la vida» (Ba 4, 1): de la Ley del Sinaí al don del Espíritu

48. La vida lleva escrita en sí misma de un modo indeleble su verdad. El hombre, acogiendo el don de Dios, debe comprometerse a mantener la vida en esta verdad, que le es esencial. Distanciarse de ella equivale a condenarse a sí mismo a la falta de sentido y a la infelicidad, con la consecuencia de poder ser también una amenaza para la existencia de los demás, una vez rotas las barreras que garantizan el respeto y la defensa de la vida en cada situación.

La verdad de la vida es revelada por el mandamiento de Dios. La palabra del Señor indica concretamente qué dirección debe seguir la vida para poder respetar su propia verdad y salvaguardar su propia dignidad. No sólo el específico mandamiento «no matarás» (Ex 20, 13; Dt 5, 17) asegura la protección de la vida, sino que toda la Ley del Señor está al servicio de esta protección, porque revela aquella verdad en la que la vida encuentra su pleno significado.

Por tanto, no sorprende que la Alianza de Dios con su pueblo esté tan fuertemente ligada a la perspectiva de la vida, incluso en su dimensión corpórea. El mandamiento se presenta en ella como camino de vida: «Yo pongo hoy ante ti vida y felicidad, muerte y desgracia. Si escuchas los mandamientos del Señor tu Dios que yo te prescribo hoy, si amas al Señor tu Dios, si sigues sus caminos y guardas sus mandamientos, preceptos y normas, vivirás y te multiplicarás; el Señor tu Dios te bendecirá en la tierra a la que vas a entrar para tomarla en posesión » (Dt 30, 15-16). Está en juego no sólo la tierra de Canaán y la existencia del pueblo de Israel, sino el mundo de hoy y del futuro, así como la existencia de toda la humanidad. En efecto, es absolutamente imposible que la vida se conserve auténtica y plena alejándose del bien; y, a su vez, el bien está esencialmente vinculado a los mandamientos del Señor, es decir, a la «ley de vida» (Si 17, 9). El bien que hay que cumplir no se superpone a la vida como un peso que carga sobre ella, ya que la razón misma de la vida es precisamente el bien, y la vida se realiza sólo mediante el cumplimiento del bien.

El conjunto de la Ley es, pues, lo que salvaguarda plenamente la vida del hombre. Esto explica lo difícil que es mantenerse fiel al «no matarás» cuando no se observan las otras «palabras de vida» (Hch 7, 38), relacionadas con este mandamiento. Fuera de este horizonte, el mandamiento acaba por convertirse en una simple obligación extrínseca, de la que muy pronto se querrán ver límites y se buscarán atenuaciones o excepciones. Sólo si nos abrimos a la plenitud de la verdad sobre Dios, el hombre y la historia, la palabra «no matarás» volverá a brillar como un bien para el hombre en todas sus dimensiones y relaciones. En este sentido podemos comprender la plenitud de la verdad contenida en el pasaje del libro del Deuteronomio, citado por Jesús en su respuesta a la primera tentación: «No sólo de pan vive el hombre, sino… de todo lo que sale de la boca del Señor» (8, 3; cf. Mt 4, 4).

Sólo escuchando la palabra del Señor el hombre puede vivir con dignidad y justicia; observando la Ley de Dios el hombre puede dar frutos de vida y felicidad: «todos los que la guardan alcanzarán la vida, mas los que la abandonan morirán» (Ba 4, 1).

49. La historia de Israel muestra lo difícil que es mantener la fidelidad a la ley de la vida, que Dios ha inscrito en el corazón de los hombres y ha entregado en el Sinaí al pueblo de la Alianza. Ante la búsqueda de proyectos de vida alternativos al plan de Dios, los Profetas reivindican con fuerza que sólo el Señor es la fuente auténtica de la vida. Así escribe Jeremías: «Doble mal ha hecho mi pueblo: a mí me dejaron, Manantial de aguas vivas, para hacerse cisternas, cisternas agrietadas, que el agua no retienen» (2, 13). Los Profetas señalan con el dedo acusador a quienes desprecian la vida y violan los derechos de las personas: «Pisan contra el polvo de la tierra la cabeza de los débiles» (Am 2, 7); «Han llenado este lugar de sangre de inocentes» (Jr 19, 4). Entre ellos el profeta Ezequiel censura varias veces a la ciudad de Jerusalén, llamándola «la ciudad sanguinaria» (22, 2; 24, 6.9), «ciudad que derramas sangre en medio de ti» (22, 3).

Pero los Profetas, mientras denuncian las ofensas contra la vida, se preocupan sobre todo de suscitar la espera de un nuevo principio de vida, capaz de fundar una nueva relación con Dios y con los hermanos abriendo posibilidades inéditas y extraordinarias para comprender y realizar todas las exigencias propias del Evangelio de la vida. Esto será posible únicamente gracias al don de Dios, que purifica y renueva: «Os rociaré con agua pura y quedaréis purificados; de todas vuestras impurezas y de todas vuestras basuras os purificaré. Y os daré un corazón nuevo, infundiré en vosotros un espíritu nuevo» (Ez 36, 25-26; cf. Jr 31, 31-34). Gracias a este «corazón nuevo» se puede comprender y llevar a cabo el sentido más verdadero y profundo de la vida: ser un don que se realiza al darse. Este es el mensaje esclarecedor que sobre el valor de la vida nos da la figura del Siervo del Señor: «Si se da a sí mismo en expiación, verá descendencia, alargará sus días… Por las fatigas de su alma, verá luz» (Is 53, 10.11).

En Jesús de Nazaret se cumple la Ley y se da un corazón nuevo mediante su Espíritu. En efecto, Jesús no reniega de la Ley, sino que la lleva a su cumplimiento (cf. Mt 5, 17): la Ley y los Profetas se resumen en la regla de oro del amor recíproco (cf. Mt 7, 12). En El la Ley se hace definitivamente «evangelio», buena noticia de la soberanía de Dios sobre el mundo, que reconduce toda la existencia a sus raíces y a sus perspectivas originarias. Es la Ley Nueva, «la ley del espíritu que da la vida en Cristo Jesús» (Rm 8, 2), cuya expresión fundamental, a semejanza del Señor que da la vida por sus amigos (cf. Jn 15, 13), es el don de sí mismo en el amor a los hermanos: «Nosotros sabemos que hemos pasado de la muerte al vida, porque amamos a los hermanos» (1 Jn 3, 14). Es ley de libertad, de alegría y de bienaventuranza.

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